EN EXPRÉS APRUEBAN LEY INGRESOS APIZACO; LA PRIISTA CANDANEDA REPRUEBA DICTAMEN Y MILTON DEFIENDE

Tlaxcala 20 diciembre 2019 (Hugo De Jesús-infortlax) Con 20 votos a favor diputados locales de manera expresa aprobaron la Ley de Ingresos del municipio de Apizaco para el Ejercicio Fiscal de 2020 y pidieron de forma expresa solo leer el dictamen resolutorio, así lo remarcó legislador Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, no obstante no se claro la inasistencia de 5 diputados.
De forma paradójica en el momento de conceder que diputados la oportunidad de expresarse a favor o en contra, la legisladora priista Zonia Montiel Candaneda a pesar de votar a favor dijo No al dictamen realizado sustentándose en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicano y el Articulo 34 de la Ley Municipal de Tlaxcala, para formular un argumento que señale que dentro de la Ley de ingresos de Apizaco se está cometiendo una Violación de División de Competencias al querer cobrar por el funcionamiento de los Sistemas de Rellenos Sanitarios, ya que, el cobro y expedición de licencias es facultad del Congreso Local y solo el municipio se hace cargo del depositado de los residuos sólidos.
“No a favor del dictamen propuesto por la mayoría de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, por una simple y sencilla razón… La violación al principio de competencias en la operación y funcionamiento de los sistemas de rellenos sanitarios propuesto en el artículo 26, fracción cuarta, inciso A… No resulta legal ni valido que un municipio pretenda realizar un cobro por concepto de autorización y licencia municipal por el derecho del depósito de residuos sólidos, cuando la acción del depósito se realiza dentro de la jurisdicción territorial de un municipio […] Resulta discutible que es facultad de la autoridad municipal el cobro de dichos derechos, así como la expedición de dichas licencias, también debe decirse que en la Ley de ingresos municipal no puede violentar el principio de División de Competencias, por ende, corresponde únicamente al municipio donde se realiza físicamente el deposito que dichos residuos sólidos, no peligrosos, la facultad de proponer a la legislatura dicha por concepto de derecho y cobro por concepto de expedición de la licencia municipal correspondiente […] Articulo 34 que a la letra dice: Los ayuntamientos y los servidores no podrán en ningún caso, fracción decima segunda, ejercer su facultad reglamentaria, invadiendo la esferas de competencia de las autoridades federales, estatales o en otros municipios”-Acentuó con gesto soberbio.
Por su parte el diputado local Panista Omar Milton López Avendaño como es su costumbre, aseguró que el municipio de Apizaco no está violando el principio de división de competencias ya que dentro del articulo 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión integral de los Residuos Sólidos expedida por el Congreso de la Unión y de la Observancia Obligatoria de los 3 poderes de Gobierno, los municipios tienen a su cargo el manejo de los residuos urbanos así como remarcar que un código no puede estar por encima de una ley.
“La respuesta es ¡sí! Los municipios tienen a su cargo el manejo de los residuos sólidos urbanos que consisten en: la recolección, traslado y especifico tratamiento y su disposición final conforme a las siguiente facultades: 1) Emitir los reglamentos y demás disposiciones jurídico administrativas dentro de sus jusi dicciones respectivas […] Tercero Controlar los residuos sólidos urbanos, quinto: Controlar las autorizaciones de concesiones en una o más de las actividades que competan la presentación de los servicios del manejo integral en los residuos urbanos […] Séptimo: verificar el cumplimiento en la disposiciones de esta ley no”-Citó con sonrisa retadora.
Lo preocupante no es sin sinsentido de los diputados en sus argumentos sino que al no eficiente el Servicio del manejo de basura en Apizaco es que siempre está llena de basura, si bien el mismo presente municipal se enorgullece del 70% de operación, Apizaco sigue llenándose se basura y lastimando al medio ambiente.




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