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EBRARD NO INCURRIÓ EN ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA EN CHIHUAHUA




Ciudad de México, viernes 23 de febrero del 2024 (INFORTLAX)  La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el entonces canciller, Marcelo Ebrard, y otras personas, no incurrieron en actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de imparcialidad por participar en la instalación del “Comité Estatal Chihuahua de Morena Progresista”, realizado el 23 de septiembre de 2022.


La decisión se tomó porque se trató de un evento partidista y privado. Además, no hubo llamados al voto ni difusión de plataforma electoral.


Esta sentencia se emitió en cumplimiento al SUP-REP-229/2023 (SRE-PSC-77/2023).


En sesión pública, el Pleno también determinó que el PT no incurrió en actos anticipados de campaña, a través del spot “PT es la 4T”, porque el promocional denunciado no contiene mensajes de apoyo para alguna persona o precandidatura postulada por ese u otro partido político. Tampoco se identificó apoyo o rechazo hacia alguna fuerza política ni presentación de plataforma electoral.


La frase “Cuarta Transformación”, concluyó la Sala, es una visión ideológica del gobierno actual compartida por el PT y su difusión se apega a la libertad de expresión (SRE-PSC-29/2024).


A su vez, la Sala Especializada determinó que Claudia Sheinbaum difundió propaganda política que vulneró el interés superior de la niñez con la difusión de un video en TikTok, en el que se aprecia la imagen de un niño sin cumplir con los requerimientos establecidos por el INE en los lineamientos en la materia (SRE-PSC-38/2024).

 

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